lunes, 9 de septiembre de 2019

El derecho penal no "cura" la violencia de género.


El derecho penal no es remedio efectivo para “curar” ninguno de los males que afectan una sociedad materia  que, por ser la mas ríspida y dura de las ciencias jurídicas, ha sido necesario buscarle principios y normas que la limiten y la coloquen de cara al ser humano que finalmente sentirá los rigores de la aplicación de la norma penal.

En una ocasión, en los inicios del pasado siglo, y mirando el avance vertiginoso que venia teniendo la criminología , que en el años 1900 tuvo su primer Congreso Internacional y estaba en la boca de todo el mundo, el jurista español Don Luis Jiménez de Azúa dijo que “la criminología se tragará al derecho penal” significando que el avance de esta ciencia opacaría aquel. Sobre todo que el Derecho Penal de la época solo se interesaba por la norma y la sanción y esta ultima tendía a ser muy dura.

A raíz de esta realidad al derecho penal se le fue asociando con los derechos humanos, cuando se produce el cambio constitucional que da al traste con el neoconstitucionalismo y todos esos derechos de tercera y cuarta generación asociados al individuo. Las nuevas teoría sobre la acción desarrollada por Weltzer y los aportes de otros tratadistas alemanes, así como el desarrollo de las teorías de la acción con Roxin, los españoles Muñoz, Bacigalupo han ido creando alrededor del derecho penal, un universo novedosos de tesis que enmarcan al derecho penal por otros derroteros.

Pero el principal aporte en este sentido lo es sin duda el del Maestro Luigi Ferrajoli y sus tesis del “Garantismo Penal”, un conjunto de ideas que al poner de manifiesto la lucha desigual que se produce cuando la persecución penal alcanza a un ciudadano—toda la parafernalia del poder frente un individuo cuyo único recurso es un defensor publico gratuito y una foja de derechos—.Por todo esto es que me da “grima” cuando un Procurador General de la República dice a voz en cuello que “el hombre que le levanta la mano a una mujer, debe ir preso”. Y no significa eso que este en contra de  la persecución penal contra aquellos que amenazan, golpean, hieren o matan una mujer, nada de eso, solo no estoy de acuerdo con los métodos.

La Republica Dominicana no goza de herramientas básicas para el enfrentamiento de los hechos penales, tal es el caso de un definido y bien perfilado programa de política criminal y unas políticas de persecución penal estratégica que le den efectividad a la persecución en materia penal, pero sobre todo no contamos con unas estrategias inteligentes para enfrentar los temas penales con éxito. En el caso de la violencia de género, intrafamiliar y sexual y aquellos casos de violencia contra la mujer, traídos a nuestro derecho por la ley 24 del 1997, es necesario enrrumbar la marcha por otros derroteros.

No se puede perseguir el crimen de pasión—que a la larga es lo que constituyen estos delitos—de la misma manera como se persigue la delincuencia común. La violencia de género tiene otras connotaciones que no tienen los delitos comunes, por ejemplo, lo primero es que quien mata a su pareja, ex pareja o pareja consensual no es un delincuente, regularmente se trata de un alma atribulada que no encuentra sosiego sino es suprimiendo la causa de su desazón, de una manera brusca despierta a otra realidad, ver el cadaver de lo amado, de los querido y de aquello que se pretendía propio y entonces hace lo que ningún delincuente haría: suicidarse en el acto.

Por ello es necesario prevenir la violencia de genero con otros métodos que no sean los tradicionales, por supuesto, no estoy hablando de despenalizacion del delito sino buscar otras estrategias, porque esta visto que este es un crimen que requiere prevención ante todo. Nadie golpea, hiere, mutila o mata a su pareja en el primer momento, la violencia de genero es una escalada que comienza con violencia verbal, o violencia psicológica, que tiende a subir de nivel hasta llegar a la agresión física leve y va tomando cuerpo hasta llegar a lo peor que es la muerte.

Entonces es un delito que da tiempo para tomar correctivos, para dar seguimiento y evitar lo peor. La criminología clínica—algunos teóricos la desdeñan por atrasada, según su criterio—enseña que el delito hay que estudiarlo mediante el método de la casuística, es decir, caso por caso, con ello se puede identificar “el momento del paso al acto” y lograr una prevención positiva del hecho. 

Lanzamiento del Plan Nacional contra la Violencia de Género, 
Procuraduría General de la República 
En cada barrio, en cada comunidad nuestra funciona una “Junta de Vecinos” esa entidad bien podría convertirse en un mecanismo de vigilancia que pudiera alertar cuando detecte los primero albores de la violencia intrafamiliar, con una conexión con el órgano publico de persecución de la violencia de genero, que inmediatamente tenderá a dar el primer paso: una avanzada multidisciplinar que visitara la pareja en conflicto buscando la realidad del hecho y sus posibles causas e ir formando un expediente que le permita controlar si los niveles de violencia han aumentado o no. Con ello se estaría evitando el aumento de la violencia y al mismo tiempo, sanar la mentalidad dañada por los celos, la inseguridad, la baja autoestima, etc.

Hemos gastado demasiado tiempo, recursos y energía en temas de violencia que solo nos colocan como ente reactivo. Hay innumerables capacitaciones del ministerio público, ayuda internacional que nos ha acompañado para buscar una solución al conflicto, protocolo de actuaciones en casos de violencia, unidades encargada de la persecución de este delito, en fin, todos los esfuerzos han sido en vano pues cada año las cifras aumentan y cuando suelen  disminuir son cantidad ínfima que no es significativa, cada año los periódicos llenan sus paginas de crónica roja, donde la víctima es una mujer, eso es un indicativo de que hay que abandonar la estrategia y desarrollar otra mas efectiva.

La experiencia nos indica que la estrategia de drasticidad en la aplicación de la norma no es lo correcto, tampoco la flexibilidad de un acuerdo con el agresor después de estar en la cárcel, porque su problema no es el delito en si, su problema es mental y eso es lo que se necesita reparar y no se hace. El tratamiento sicológico temprano, la vigilancia y el seguimiento cercano, el involucramiento familiar y del entorno darán de seguro mas resultado que la sola cultura de la reja pues el derecho penal no es remedio adecuado para todos los males sociales.

1 comentario:

  1. Motivador y profundo análisis de la teoría del delito Vs la criminalistica, aplicado al tema de la violencia intrafamiliar y de género. Distinguido Maestro, pudiera el derecho comparado, ayudarnos para elegir algún sistema de consecuencia que funcione? Que reduzca este Olocausto de Tetosteronas? Su profundidad intelectual hace lo correcto, uno piensa más preguntas, que en respuestas.

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